Quiero deciros en primer lugar que este foro no pretende sustituir al experto jurídico sobre algunas cuestiones que plantean algunos compañeros.
Aquí se aportan algunas experiencias que puedan servir como referencia y para evitar lo que algunas veces se establecen como elementos de alteración de la realidad.
Las respuestas son orientativas y solo pretenden servir para eso para orientar, en esta situación de intranquilidad generalizada en la que vivimos
Pregunta de Matilde F de un pueblo de Madrid.-
Me he dado de baja en mi cooperativa, se llama … por motivos de que no me dan el préstamo hipotecario según dicen en la gestora, he ido yo al banco y si, me lo dan pero tengo que tener un avalista, como no encuentro a nadie que me avale tengo que darme de baja, ¿ se considera eso una baja justificada? ¿ cuando me devuelven el dinero?
Bueno según mi experiencia depende mucho de los estatutos de tu cooperativa, si no puedes pagar la baja no es justificada, aunque puede serlo en función delos motivos que tua legas y sobre todo en que seas capaz de convencer a tus compañeros del consejo rector, si no puedes ir a la asamblea general y exponer tu caso, últimamente esta pasando con relativa frecuencia este caso, y el problema esque se quedan pisos vacios por las altas entradas que tienes que hacer y eso dificulta el funcionamiento de la cooperativa, además conlleva el riesgo de que no se puedan pagar los gastos de la constructora o lo que se deba en el funcionamiento normal de la cooperativa.Si consideran tu baja justificada no tendras ninguna retención pero si la consideran no justificada podrán retenerte los gastos producidos por tu baja, es decir además de no tener piso te va a costar dinero, aunque eso se puede evitar si hay algún nuevo socio que te sustituya y dado que según parece son viviendas de Proteccion Publica o VPO no parece que tendras muchos problemas en que te devuelvan de manera inmediata.
