sábado, 5 de julio de 2008

Las aportaciones economicas a la Cooperativa

Las aportaciones que se deben de realizar a favor de la cooperativa de viviendas deben de ser aprobadas por la asamblea genera y por tanto por ti si te incorporas en el eperiodo de constitucion de la cooperativa y suelen consisiteir en: · Aportaciones al capital social: Suelen representar cantidades, entre los 30,05 € y 30000 € respectivamente, cantidades que son reembolsables en el caso de que Ud. desee darse de baja de la cooperativa.· Cuota de ingreso y cuotas periódicas: Se destinan a abonar los gastos de actuación de la sociedad cooperativa y los servicios que ésta realiza en su vida normal como sociedad deben de estar incluidas en el precio final de la vivienda (constitución, mantenimiento, administración, etc.) Estas cuotas no son reembolsables y tampoco pasan a formar parte del capital social.· Aportaciones para financiar la vivienda y sus anexos: Se destinan directamente a abonar el coste de la vivienda.Las cuantías de las distintas aportaciones a la cooperativa se determinan tras la realización del Plan de Financiación que deberá aprobar la Asamblea General de socios cooperativistas y admitir contractualmente y de forma individualizada cada socio. Estas aportaciones se realizan mediante una entrega inicial, el resto del importe se fracciona en plazos periódicos que deberán ser satisfechos durante las obras de ejecución.La Ley General de Cooperativas prevé la posibilidad de que Ud. cause baja en la cooperativa con el derecho a la restitución del capital entregado si se incorpora un nuevo socio.También es posible que deba hacer frente a mayores pagos que los establecidos en el “Plan de Financiación” si se introducen modificaciones en el presupuesto, en las obras, o para responder de los posibles vicios ocultos o desperfectos que pueda presentar la vivienda.Como hemos señalado, el socio se ahorra el beneficio empresarial que obtiene el promotor. Por otro lado y como contraprestación, será responsable, incluso económicamente, como miembro de la sociedad cooperativa, de las viviendas y locales que no se adjudiquen al final de la promoción.

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